Euskadi tarda dos años en crear un registro obligatorio de subcontratas
Euskadi ha sido la última comunidad autónoma española en crear un registro de empresas subcontratistas, una previsión de la ley estatal que regula la subcontratación en el sector de la construcción, uno en los que es más importante y en los que se registra mayor siniestralidad laboral, y que entró en vigor en 2006 para mejorar la seguridad de los trabajadores.
El objetivo del registro, que tiene carácter obligatorio, es controlar a las empresas que entran en las cadenas de subcontratación, para garantizar que cumplen unas normas mínimas de organización interna que acrediten la calidad en el empleo y, por lo tanto, la seguridad de su plantilla. De los 45 muertos en accidentes laborales registrados en lo que va de año en Euskadi -según los datos de UGT basados en los preinformes de Osalan-, nueve trabajaban en el sector de la construcción, y de ellos cuatro prestaban sus servicios en empresas subcontratadas.
(El País)
La ley estatal de 2006 dejó en manos de las comunidades autónomas la creación de sus correspondientes registros. El plazo para su puesta en marcha concluía este mismo mes. El retraso en su creación por Empleo se debe a que la consejería que encabeza Joseba Azkarraga intentó crear una base de datos autonómica con una regulación propia y un desarrollo reglamentario al margen de la legislación nacional. El intento no prosperó, después de que los propios empresarios consultados por el Gobierno desaconsejasen esa medida para evitar que Euskadi se quedase desconectada del resto de las comunidades, cuando la mayoría de las empresas de la construcción prestan sus servicios en varias autonomías. Además, consideraban inviable que cada comunidad tuviese unas normas diferentes de inscripción, sanción y consulta.
Una vez desechada la idea de crear un registro propio, Empleo inició los contactos con el Gobierno central para definir los criterios que debería tener el decreto regulador, en vigor ya desde el pasado 1 de agosto.
La creación de la base de datos pública, que centralizará el Ejecutivo pero contará con delegaciones en cada una de las tres provincias, estaba prevista en la ley de 2006 que regula la subcontratación. En su exposición de motivos explicaba que diez años después de ser aprobada la ley de Prevención de Riesgos Laborales, de 1995, resulta un “hecho incontestable” que la construcción continúa registrando una siniestralidad laboral muy notoria, sobre todo debido a las “cadenas de subcontratación”.
La actual legislación sólo permite tres niveles de subcontratación. A partir de la entrada en vigor del registro, ninguna sociedad podrá ser contratada o subcontratada, y ningún trabajador autónomo tampoco, si no está autorizado por la autoridad laboral y figura en el mencionado listado.
La legislación nacional establece un nuevo régimen sancionador para quienes no estén inscritos y presten ese tipo de servicios, al considerar grave, o muy grave su contratación. Según reza la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social, en el apartado 27 del artículo 12, la sanción económica podría oscilar entre los 1.500 euros y los 30.000.
Aunque las solicitudes al registro se harán a través de la página web del departamento (www.juslan.ejgv.euskadi.net), los certificados y las modificaciones se tramitarán a través de cada una de las tres delegaciones territoriales.
El formulario de solicitud, junto a la declaración jurada, exige al solicitante una descripción detallada del tipo de trabajos que realiza, la relación de los medios materiales y personales de que dispone y sus respectivas cualificaciones.
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