Una sentencia obliga al Juan Ramón a reubicar a una ATS por su salud
Todo empezó hace siete años, cuando el Sindicato de Enfermería Satse llevó el tema al ya desaparecido comité de Salud Laboral. Se trataba del caso de una enfermera aquejada por una enfermedad respiratoria-bronquial para la que necesita un tratamiento continuado y corticoides inhalados de mantenimiento. Pasados esos siete años, el juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Huelva obliga al Juan Ramón Jiménez a proceder de forma inmediata al traslado de esta enfermera a un puesto en el que su trabajo no repercuta negativamente en su estado de salud. La sentencia añade que se “proceda de forma inmediata al cambio del puesto de trabajo actual de la recurrente y su traslado a uno que se ajuste realmente a las recomendaciones realizadas por la unidad de Salud Laboral”.
Dentro de todo este largo proceso que pasó esta ATS, el Sindicato de Enfermería Satse menciona también el concurso interno de movilidad que tuvo lugar en 2005, que ofertaba 193 plazas, “de las cuales 18 eran de turnos diurnos más adecuados a la situación de salud de la trabajadora, como por ejemplo Consultas Externas”. Sin embargo, según argumenta Satse, la dirección del hospital “no quiso en ningún momento hacer una evaluación de riesgos de esos 193 puestos ofertados, al objeto de encontrar el más idóneo para la enfermera”. De este modo, el sindicato acusa a la dirección de anteponer “los criterios de movilidad del personal en base a méritos y antigüedad, que resolver los problemas de salud que han venido afectando a las enfermeras”.
Aparte de los enormes problemas de salud, que todo este proceso ha acarreado al estado de esta trabajadora sanitaria, ha visto también considerablemente mermados sus recursos económicos ya que para evitar turnos nocivos para su salud, especialmente los nocturnos, pagaba de su propio bolsillo a sus compañeros para que los hicieran por ella.
Todo el proceso produjo, por otro lado, que esta enfermera tuviera que ser atendida en Salud Mental debido a un cuadro de intensa angustia, irritabilidad e insomnio que le provocó su estancia en Pediatría, donde estuvo destinada en contra de la opinión expresada por el comité de Seguridad y Salud.
Por todo el proceso que la enfermera ha pasado en estos siete años y tras la sentencia judicial, Satse, así como por la “flagrante vulneración” de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, el sindicato considera que “son hechos que revisten suficiente entidad para que de inmediato sean depuradas todas las responsabilidades por los organismos competentes, ya que es imposible que quien ha permitido una actuación de esta índole continúe ejerciendo un cargo directivo sin la lógica sospecha de posibles vulneraciones posteriores”.
Si te gustó esta entreada puedes hacer un comentario o suscribirte al feed y recibir las próximas entradas en tu lector.


Comentarios
No hay comentarios.
Deja tu comentario